Comunicado

Comunicado 005: Directrices sobre la obligatoriedad del examen de estado SABER 11 como requisito de grado

DE: Área de Calidad Educativa – Secretaría de Educación Departamental

PARA:    Directivos Docentes y Docentes Instituciones Educativas Departamentales

ASUNTO: Directrices sobre la obligatoriedad del examen de estado SABER 11 como requisito de grado

FECHA:   13 de enero de 2026

Respetados Docentes y Directivos Docentes:

Cordial saludo.

Por medio del presente Comunicado, y en cumplimiento de las Disposiciones emitidas por el Ministerio de Educación Nacional y orientación del servicio educativo, nos permitimos recordar y reforzar las directrices relacionadas con la obligatoriedad del Examen de Estado Saber 11° como requisito indispensable para la obtención del título de bachiller.

De acuerdo con el artículo 129 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026), que modificó el artículo 7° de la Ley 1324 de 2009, el Examen de Estado Saber 11° es:

  • Obligatorio para todas las instituciones que imparten educación media
  • Requisito para obtener el título de bachiller
  • Requisito para ingresar a la educación superior

Adicionalmente, el Decreto 1075 de 2015, en sus artículos 2.3.3.3.3.11 y 2.3.3.3.7.5, establece claramente las responsabilidades institucionales en esta materia.

RESPONSABILIDADES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

El rector de cada establecimiento educativo tiene la responsabilidad legal de:

  1. Inscripción de estudiantes
    • Reportar al ICFES la totalidad de los estudiantes matriculados en grado undécimo
    • Realizar los procesos de inscripción en los términos y plazos establecidos por el ICFES
    • Garantizar que todos los estudiantes que finalizan el grado once sean debidamente inscritos
  2. Colaboración en la aplicación de las pruebas: Las instituciones educativas deben:
    • Colaborar activamente con el ICFES en los procesos de aplicación de las pruebas
    • Facilitar la logística necesaria según los requerimientos del Instituto
    • Informar oportunamente a la comunidad educativa sobre fechas, procedimientos y requisitos
  3. Acompañamiento a los estudiantes: Se requiere que las instituciones:
    • Informen clara y oportunamente a estudiantes y padres de familia sobre la obligatoriedad de la prueba
    • Promuevan la participación activa de todos los estudiantes
    • Proporcionen el apoyo necesario para garantizar la presentación del examen

CLARIFICACIONES IMPORTANTES

Sobre la evaluación institucional: Es fundamental tener presente que:

  • La evaluación externa NO debe relacionarse como criterio de promoción académica
  • Los resultados del Examen Saber 11° NO deben usarse para aprobar o reprobar áreas académicas
  • La evaluación debe mantener su carácter formativo y no punitivo
  • El examen no reemplaza la evaluación del aula

Sobre el carácter obligatorio: El Examen de Estado Saber 11°:

  • Es parte integral de los requisitos de graduación
  • Permite monitorear la calidad educativa del país
  • Proporciona información esencial para la realimentación institucional
  • Cumple objetivos de política educativa nacional

Conforme al Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) y los conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Educación Nacional (Radicados 2025-IE-037824 y 2025-EE-008664):

  • El incumplimiento de estas funciones constituye falta disciplinaria
  • La omisión en el reporte o inscripción de estudiantes puede dar lugar a investigaciones disciplinarias
  • Las entidades territoriales certificadas ejercerán la inspección y vigilancia del cumplimiento de estas disposiciones

Para el presente año académico, solicitamos a todas las instituciones educativas:

  1. Verificar que todos los estudiantes de grado undécimo estén debidamente matriculados en el Sistema de Matrículas del Ministerio de Educación Nacional
  2. Realizar los procesos de inscripción ante el ICFES dentro de los plazos establecidos
  3. Garantizar que el 100% de los estudiantes de grado once presenten el Examen de Estado Saber 11°
  4. Informar de manera oportuna cualquier situación excepcional que pueda afectar la participación de algún estudiante
  5. Documentar adecuadamente todos los procesos relacionados con la inscripción y presentación de las pruebas
  6. Reportar a esta Secretaría cualquier irregularidad o dificultad en el cumplimiento de estas directrices con oportunidad

REPORTE OBLIGATORIO DE ESTUDIANTES INSCRITOS

Con el fin de ejercer el seguimiento y control adecuado del cumplimiento de estas disposiciones, todas las instituciones educativas deberán diligenciar y remitir el FORMATO ÚNICO DE REPORTE DE INSCRIPCIÓN SABER 11° que se adjunta a este comunicado; el cual debe ser entregado como fecha límite el 04 de Mayo 2026; el formato debidamente diligenciado debe ser enviado al correo electrónico ojimenez@sedmagdalena.gov.co con el asunto Reporte Inscripción Saber 11°.

Instrucciones para el diligenciamiento

  1. Descargar el formato adjunto en Excel
  2. Completar todos los campos para cada estudiante inscrito
  3. Verificar la concordancia entre el SIMAT y los datos del ICFES
  4. Firmar digitalmente o escanear el formato con firma del rector
  5. Enviar antes de la fecha límite establecida

Información requerida El formato incluye los siguientes datos por cada estudiante:

  • Datos de identificación del estudiante (según SIMAT)
  • Número de registro ICFES
  • Fecha de inscripción
  • Modalidad de inscripción
  • Estado de la inscripción

La omisión o entrega tardía de este reporte será considerada como incumplimiento de las funciones del rector y de la institución educativa, y podrá dar lugar a las acciones disciplinarias correspondientes.

Reconocemos el compromiso de nuestras instituciones educativas con la calidad educativa y el bienestar de nuestros estudiantes. Para facilitar el cumplimiento de estas disposiciones, ponemos a su disposición:

  • Asesoría técnica para los procesos de inscripción
  • Acompañamiento en la interpretación de la normativa vigente
  • Espacios de socialización y resolución de inquietudes
  • Asistencia para el diligenciamiento del formato de reporte

Invitamos a cada rector, directivo docente y miembro de la comunidad educativa a asumir su rol con la responsabilidad que demanda la garantía de los derechos fundamentales de nuestros niños, niñas y adolescentes, especialmente su derecho a la educación de calidad y al acceso a la educación superior en condiciones de equidad.

El cumplimiento de estas directrices no solo representa una obligación legal, sino un compromiso ético con el futuro de nuestros estudiantes y el desarrollo educativo de nuestra región.

Agradecemos su atención y reiteramos nuestro compromiso de trabajar conjuntamente por la excelencia educativa.

Atentamente,

SERGIO LORA MONTAÑO
Líder de Calidad Educativa SED Magdalena

Anexos: