Misión, visión, funciones y deberes
- Misión, visión, funciones y deberes
- Estructura orgánica
- Mapas y cartas descriptivas de los procesos
- Directorio institucional
- Directorio de servidores públicos, empleados o contratistas
- Directorio de entidades
- Directorio de agremiaciones o asociaciones
- Servicio al público
- PQRS
- Calendario de actividades y eventos
- Información sobre decisiones que pueden afectar al público
- Entes y autoridades de vigilancia
- Hojas de vida
- Normativa de la entidad
- Leyes
- Decreto único reglamentario
- Normativa aplicable
- Gaceta oficial
- Políticas, lineamientos y manuales
- Agenda regulatoria
- Búsqueda de normas
- Sistema Único de Información Normativa (SUIN)
- Sistema de búsquedas de normas
- Proyectos de normas para comentarios
- Proyectos normativos
- Comentarios y documento de respuesta a comentarios
- Participación ciudadana en la expedición de normas a través el SUCOP
- Plan anual de adquisiciones
- Información contractual
- Publicación de la ejecución de los contratos
- Manual de contratación, adquisición o compras
- Formatos o modelos de contratos o pliegos tipo
- Presupuesto general de ingresos, gastos e inversión
- Ejecución presupuestal
- Plan de acción
- Proyectos de Inversión
- Informes de gestión, evaluación y auditoría
- Informes de la Oficina de Control Interno
- Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico
- Informes trimestrales sobre acceso a información, quejas y reclamos
- Trámites y servicios
- Participa con la SED
- Instrumentos de gestión de la información
- Datos abiertos
- Información específica para grupos de interés
- Obligación de reporte de información específica por parte de la entidad
Misión
Contribuir a los procesos que garanticen la efectiva prestación de los servicios educativos del departamento del Magdalena, aportando lineamientos y directrices de la política educativa local para una gestión regional y nacional por resultados en cuanto a cobertura, equidad, calidad y eficiencia en la formación de los niños, niñas y jóvenes del territorio del Magdalena.
Visión
En el año 2020 el sector educativo del Departamento del Magdalena posibilitará y garantizará a la población, el acceso y permanencia a la educación de calidad, de manera equitativa e incluyente, con ambientes agradables y dotados de los recursos necesarios para la excelencia del servicio educativo.
Funciones y deberes
De acuerdo con el artículo 151 de la Ley 115 de 1994 las funciones de las secretarías departamentales y distritales de educación son:
- Velar por la calidad y cobertura de la educación en su respectivo territorio;
- Establecer las políticas, planes y programas departamentales y distritales de educación, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Educación Nacional;
- Organizar el servicio educativo estatal de acuerdo con las prescripciones legales y reglamentarias sobre la materia y supervisar el servicio educativo prestado por entidades oficiales y particulares;
- Fomentar la investigación, innovación y desarrollo de currículos, métodos y medios pedagógicos
- Diseñar y poner en marcha los programas que se requieran para mejorar la eficiencia, la calidad y la cobertura de la educación;
- Dirigir y coordinar el control y la evaluación de calidad, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y aplicar los ajustes necesarios;
- Realizar los concursos departamentales y distritales para el nombramiento del personal docente y de directivos docentes del sector estatal, en coordinación con los municipios;
- Programar en coordinación con los municipios, las acciones de capacitación del personal docente y administrativo estatal;
- Prestar asistencia técnica a los municipios que la soliciten, para mejorar la prestación del servicio educativo;
- Aplicar, en concurrencia con los municipios, los incentivos y sanciones a las instituciones educativas, de acuerdo con los resultados de las evaluaciones de calidad y gestión;
- Evaluar el servicio educativo en los municipios;
- Aprobar la creación y funcionamiento de las instituciones de educación formal y no formal, a que se refiere la presente ley;
- Consolidar y analizar la información de los municipios y remitirla al Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los estándares fijados por éste, y
- Establecer un sistema departamental y distrital de información en concordancia con lo dispuesto en los artículos 148 y 75 de esta ley.